La Ley Bases aprobada (147 a favor, 104 en contra y 2 abstenciones) replica el texto aprobado en el Senado, que redujo la lista de empresas privatizables, eliminó la reforma previsional, reformó el RIGI y amplió la cantidad de organismos estatales que no se pueden disolver. Además, se sancionó la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes a partir del articulado que había formulado la Cámara de Diputados en abril, que incluye impuesto a las Ganancias, Bienes Personales y el blanqueo de capitales.

El capítulo que obliga a volver a gravar los ingresos salariales superiores a los $1.800.000, obtuvo 136 votos a favor y 116 en contra, con 3 abstenciones (Roxana Reyes, Silvana Ginocchio y Mónica Frade). La rebaja en los Bienes Personales para los más ricos alcanzó 134 votos positivos frente a 118 en contra y también 3 abstenciones.

Impuesto a las Ganancias: puntos principales del proyecto

- En el caso del Impuesto a las Ganancias se elimina el Impuesto Cedular. Este tributo se paga a partir de salarios de $2,3 millones. Es lo que había quedado tras la derogación de la cuarta categoría en 2023.

- Al restituirse Ganancias para la cuarta categoría, el nuevo piso es de salarios brutos $1,8 millones para los solteros sin hijos y de $2,3 millones para los casados con hijos.

- Si se hacen los descuentos de jubilación y obra social, quedan salarios de bolsillo de $1,494 millones y $1,98 millones.

- Las deducciones anuales serán entonces: Ganancia no imponible, $3.091 millones; cónyuge $2.9 millones; hijo, $1.468.096; Deducción Especial Relación de Dependencia, $14.8 millones; deducción especial Adicional por Aguinaldo, se añade el proporcional de las anteriores deducciones.

- Las personas físicas van a tributar desde el 5% hasta el 35%.

- La tasa máxima del 35% se aplicará a partir de una ganancia neta imponible anual de $36.450.000. Las escalas del impuesto y las deducciones se actualizarán por inflación.

- Todos los trabajadores pagarán Ganancias por todos los conceptos que cobren. Es decir, un bono por productividad que antes no pagaba, ahora se tomará en cuenta, como así también fallos de caja o diferentes suplementos que beneficiaban a algunos gremios.

- Queda fuera la deducción especial de 22% para trabajadores de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el partido de Patagones de la provincia de Buenos Aires.

- El proyecto resuelve el problema de la deuda que queda del año pasado cuando antes de que se derogara Ganancias se ordenó a la AFIP que no se cobrará el impuesto. El texto convalida lo hecho el año pasado.

- Se podrán deducir solo hasta $20.000 anuales de las Cuotas de Créditos Hipotecarios. En el Senado se trabajó una iniciativa para que se pudieran descontar hasta 3 millones de intereses, pero al eliminar Ganancias, sigue la versión original que no establece cambios en este aspecto.

Trabajo: el impacto se resume en 7 principales puntos

En materia laboral, los trabajadores deberán poner el ojo en las nuevas reglas que regularán al mercado en materia de despidos, indemnizaciones y derecho a huelga, entre otras herramientas dispuestas por el empleado de una empresa.

1. Blanqueo Laboral: entre los artículos 76 y 81, bajo el título "Promoción del empleo registrado", se plantea una serie de beneficios para los empleadores en caso de regularizar a sus trabajadores.

2.  Fondo de cese laboral: en el artículo 93 de de la reforma, se habilita que, a través de convenios colectivos de trabajo, se reemplacen las indemnizaciones por despido por la constitución de un fondo o sistema de cese laboral. Esto será "según disponga el Poder Ejecutivo” e indica que los empleadores podrán optar por contratar un servicio privado o autoasegurarse.

3. Ampliación del periodo de prueba: en los artículos 89 y 95 se propone extender a 6 meses el tiempo de prueba que tienen los trabajadores en un nuevo puesto. Además, por convenio colectivo se puede ampliar hasta 8 meses en empresas de entre 6 y 100 trabajadores y hasta 1 año en empresas de menor tamaño. Durante ese tiempo, el trabajador puede ser despedido sin causa y sin indemnización.

4. Eliminación de Sanciones por no registro de empleados: se propone eliminar las indemnizaciones para los empleadores que no registran una relación laboral o lo hacen con un salario menor o fecha posterior a la real.

5. Tercerización laboral: se elimina la prohibición a los empleadores de contratar a través de empresas de servicios temporarios o agencias de colocación en el caso del trabajo agrario. En todos los casos, los empleados se considerarán parte de las empresas intermediarias y no para las que presten servicios.

6. Limitación del derecho a la acción colectiva: se incorporan como motivo de despido de los trabajadores las diferentes acciones que pueda llevar a cabo en el marco de un conflicto colectivo en la empresa.

7. Funcionamiento de sindicatos: el artículo 84 excluye a las asociaciones sindicales como posibles denunciantes de la falta de registración de las relaciones laborales, dejando esto solo en manos del trabajador. De esta manera, podrá denunciar la falta de registración ante la autoridad de aplicación, que deberá establecer un medio electrónico ante AFIP.

Bienes Personales

El apartado que buscaba la reforma de Bienes Personales fue descartado en el Senado pero reincorporado en el debate de comisiones en la Cámara de Diputados. Tras su aprobación, el nuevo piso pasará de $27 millones a $100 millones y la deducción por la vivienda familiar alcanzará los $350 millones.

Blanqueo de capitales

El paquete fiscal incluye, además, un apartado que busca el blanqueo de capitales para activos en la Argentina y el extranjero. El capítulo es denominado como Régimen de Regularización de Activos e incluye dinero, propiedades, acciones y cripto activos. 

El régimen está establecido para sujetos residentes y no residentes con un plazo hasta el 30 de abril del 2025, con la posibilidad de prórroga hasta el 31 de julio del 2025.

Según la normativa, los sujetos -que pueden ser sociedades- "quedan liberados de toda acción civil y por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros e infracciones administrativas que pudieran corresponder por el incumplimiento de las obligaciones". No pueden participar funcionarios -ni sus familiares- del Poder Ejecutivo, Legislativo ni Judicial en órdenes nacionales, provinciales o municipales; tampoco personal diplomático, autoridades universitarias.  

Obras Públicas 

Las obras públicas financiadas por el Estado que superen los $10.000 millones serán canceladas salvo aquellas con avance de ejecución del 80% o más, o que posean financiamiento internacional, afectando infraestructuras como rutas, hospitales y escuelas.

Es uno de los puntos que más rechazan los gobernadores, ya que muchas obras que hasta ahora eran financiadas por el Estado nacional quedarán frenadas o deberán ser afrontadas con fondos o financiamiento propio. 

¿Cuándo entra en vigencia?

La Constitución Nacional establece que el Presidente tiene dos métodos para promulgar una ley sancionada por el Congreso. Esta aprobación puede contar con aprobación expresa o tácita del Poder Ejecutivo (arts. 78 y 99, inc. 3).

- Promulgación por decreto: Javier Milei puede firmar un decreto que ponga en vigencia las leyes de manera inmediata. 

- Promulgación de hecho: como establece el artículo 81 de la Constitución Nacional, si el Presidente no se pronuncia dentro de los diez días hábiles siguientes a la comunicación de la norma, la legislación se promulga automáticamente.

En ambas situaciones, la ley debe ser publicada en el Boletín Oficial para entrar en vigencia de acuerdo a los plazos legales establecidos.